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En la actualidad, la huella de carbono es un elemento clave para la gestión del impacto ambiental corporativo ya que la mayoría de las organizaciones emiten gases de efecto invernadero como resultado de sus operaciones comerciales. En el contexto de la crisis climática al que nos enfrentamos, la medición de estas emisiones se ha convertido en una práctica esencial para todas las empresas, ya que proporciona una comprensión más clara de las consecuencias medioambientales de sus actividades.

¿Qué es la huella de carbono?

La Huella de Carbono es una herramienta de cálculo que determina la totalidad de gases de efecto invernadero (GEI) emitidos por efecto directo o indirecto, de una organización, evento o producto. Este dato se mide en kilogramos equivalentes de CO2 (kg-eq CO2) por producto u organización, siendo un indicador fundamental para evaluar el impacto ambiental de las empresas, y, por lo tanto, tomar medidas concretas para reducir al máximo estas emisiones. Estos esfuerzos no solo son importantes para mitigar los efectos del cambio climático, sino también para promover la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental de las corporaciones.

huella de carbono

Imagen 1. La huella de carbono de una organización a lo largo de su cadena de valor. Fuente: GREENHOUSE GAS PROTOCOL, WORLD RESOURCES INSTITUTE (s.f.).

Actualmente, se encuentra vigente el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea un registro de huella de carbono, compensación, y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Este RD establece que la participación en el registro es de carácter voluntario, estando dirigido a personas físicas o jurídicas públicas o privadas y trabajadores autónomos que deseen participar en el mismo. Todos aquellos registros de huella de carbono que sean inscritos vienen acompañados obligatoriamente por un plan de reducción, y son chequeadas de forma previa a su registro.

Cuando una organización se inscribe en el registro, recibe un certificado de inscripción y el derecho al uso de un sello. Este sello permite distinguir el nivel de participación de la organización en el Registro y el año al que corresponde este nivel de participación.

Imagen 2.Sellos de inscripción de huella de carbono en “Información general sobre el Registro de huella, compensación y proyectos de absorción de CO2, MITECO. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/registro-huella/que_es_registro.html

¿Qué herramientas existen para calcular la huella de carbono en una organización?

El Ministerio para la Transición Ecológica ha desarrollado una serie de herramientas para facilitar el cálculo de la huella de carbono de una organización y la estimación de las absorciones de dióxido de carbono que genera un proyecto de absorción.

El cálculo de la huella de carbono en las empresas se convertirá en una obligación para las grandes empresas con la aprobación del nuevo Proyecto de Real Decreto que modificará el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo.

En el artículo 11 de este proyecto de Real Decreto se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración de un plan de reducción por parte de grandes empresas.

En el apartado 1 de este artículo se establece que «Las empresas afectadas por la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad, que traspone la Directiva Europea 2014/95 o sus posteriores modificaciones calcularán de manera anual la huella de carbono de su organización siguiendo los requisitos establecidos en este real decreto.» En el apartado 3 de este mismo artículo, también se establece que las empresas afectadas por la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad «elaborarán un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero».

Por último, en el apartado 4 de este mismo artículo se establece que «Las obligaciones establecidas en este artículo entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, haciendo referencia a la huella del año 2024».

Desde Masqueingenieros Engineering & Consulting estamos comprometidos a ser parte de este cambio y contribuir al fomento de prácticas empresariales sostenibles y responsables con el entorno. Creemos firmemente que la implementación de esta normativa marcará un cambio significativo en la percepción histórica de los impactos ambientales generados por las empresas. Esta regulación impulsará a las grandes empresas a adoptar una cultura empresarial más respetuosa con el medio ambiente y, al mismo tiempo, proporcionará ventajas competitivas a las medianas y pequeñas empresas que opten por cumplirla.

 

LEGISLACIÓN RELACIONADA

Información pública sobre el Proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/participacion-publica/pp_rd_huella_carbono.html

Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea un registro de huella de carbono, compensación, y proyectos de absorción de dióxido de carbono. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3379

Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17989

Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-8447

Nuevas obligaciones para productores iniciales u otros poseedores de residuos  https://masqueingenieros.com/cambio-de-la-normativa-en-materia-de-residuos-guia-rapida

 

 

Objetivos de desarrollo-sostenible

CAMBIO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE RESIDUOS: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Normativa en Materia de Residuos. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en adelante LRSC, deroga la antigua Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el fin de cumplir los nuevos objetivos establecidos en las nuevas directivas europeas de residuos que conforman el Paquete de Economía Circular, así como los nuevos objetivos derivados de la directiva de plásticos de un solo uso que surgen de la “Estrategia Europea para el plástico en la economía circular”.  Esta nueva ley de residuos transpone la Directiva (UE) 2018/851 y la Directiva (UE) 2019/904.

La Ley tiene por objeto sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino. Se contribuye así al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030 y en particular a los objetivos 12 –producción y consumo sostenibles–, 13 –acción por el clima- y 14 –vida submarina–. Asimismo, en el ámbito de su contribución a la lucha contra el cambio climático, esta ley es coherente con la planificación en materia de energía y clima.

Objetivos de desarrollo-sostenible

Imagen 1. Objetivos 12, 13 y 14 de los ODS. Fuente: ONU

Además, las políticas en materia de residuos y de economía circular también fomentan la creación y consolidación de empleo en el sector de la gestión de residuos.

En MASQUEINGENIEROS, ENGINEERING & CONSULTING. S.L. te podemos ayudar en la aplicación de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para la economía circular es esencial para impulsar una economía más sostenible. La nueva normativa en materia de residuos no solo trata de reducir el volumen de residuos generados por ciertas actividades económicas, sino que también promueve la sostenibilidad ambiental, y fomenta la eficiencia en el uso de recursos, lo que puede traducirse en beneficios tanto económicos como ambientales.

Dentro de este contexto, este artículo se enfoca en el análisis de las regulaciones y obligaciones que podrían ayudaros en lo concerniente a la misma, centrándose especialmente en el aspecto de la generación de residuos. No obstante, no se abordarán las disposiciones relacionadas con el uso de plásticos de un solo uso, ni las obligaciones que se aplican en el ámbito de la actividad hostelera y de restauración. Nuestro objetivo es proporcionar una visión más detallada y precisa sobre cómo la Ley 7/2022 afecta a la gestión de residuos en diferentes sectores, brindando así información relevante y útil.

¿Qué novedades de la Ley 7/2022 son de nuestro interés?

Nuevas obligaciones para productores iniciales u otros poseedores de residuos

 

a. Plan de minimización:

Los productores iniciales de residuos peligrosos estarán obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas que van a adoptar para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad. Además, los productores deberán informar de los resultados cada cuatro años.

Quedan exentos los productores iniciales de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año en cada centro productor, las empresas de instalación y mantenimiento, y los productores iniciales que dispongan de certificación EcoManagement and Audit Scheme («EMAS») u otro sistema equivalente.

b. Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP):

«Régimen de responsabilidad ampliada del productor»: conjunto de medidas adoptadas para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera o bien la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de la fase de residuo del ciclo de vida de un producto.

El Título de la LRSC que regula esta responsabilidad ampliada del productor, es mucho más extenso, ambicioso y esclarecedor que el de la ley anterior.

Se considerará también como productor, los que llenen productos (además de los que los fabriquen, importen, o vendan), los que los vendan a distancia desde otro país y las plataformas de e-commerce.

Además, siguiendo con lo que ya establecía la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, el productor inicial o poseedor de residuos ve ampliadas sus obligaciones también a:

  • Suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra sus responsabilidades (productores de más de 10 t/año).
  • Disponer de zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos. En caso de residuos peligrosos deberán estar protegidos contra la intemperie y con sistemas de contención de derrames.
  • Etiquetar los recipientes con residuos peligrosos de forma clara y visible, legible e indeleble, con el contenido recogido en el art. 21 e).

Nuevas obligaciones para gestores de residuos

En esta nueva normativa en materia de residuos se especifica mucho más la labor y las obligaciones de los diferentes agentes dentro de la gestión de residuos. Se diferencia entre entidades que realizan la recogida de los residuos, las que realizan el tratamiento, las que realizan el transporte y los gestores de residuos en general, y para cada uno de ellos definen unas obligaciones concretas.

Otras novedades

  1. Regulación de suelos contaminados. Como novedad se crea el Inventario Estatal de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados.
  2. Eliminación de residuos. Con carácter general, no se permite la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Se podrá llevar a cabo de manera excepcional y siempre que se cuente con la correspondiente autorización individualizada.
  3. Medidas fiscales. 
  1. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
  2. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos e incineración de residuos

d. Información. Se implementarán medidas para mejorar la trazabilidad y transparencia en la gestión de residuos, incluyendo memorias anuales con un archivo cronológico y su inclusión en        el Registro de la Producción y Gestión de Residuos. Toda esta información estará disponible en un Sistema electrónico de Información de Residuos (e-SIR) del MITECO.

residuos

Imagen 2. Reutilización y revalorización de residuos. Fuente: COAMBCV (s.f.).

En general, la nueva ley caracteriza y califica los residuos de forma más detallada, proporcionando una mayor información para la definición de residuos peligrosos. Además, se expone un listado de operaciones tanto de valorización (anexo II) como de eliminación (III), con sus correspondientes codificaciones y las posibles instalaciones de tratamiento, lo cual facilita y mejora la comprensión de las propias operaciones. Esto es una mejora descriptiva a destacar respecto a la ley anterior.

Operaciones de valorización (Anexo II)

Imagen 3. Operaciones de valorización (Anexo II). Fuente: LRSC.

Imagen 4 Operaciones de eliminación (Anexo III)

Imagen 4. Operaciones de eliminación (Anexo III). Fuente: LRSC.

Por todo lo expuesto anteriormente, cabe concluir diciendo que la LRSC establece un cuadro normativo transversal, en el que se proporciona una gran importancia a la economía circular y a la revalorización de residuos, independientemente de su sector de origen. Esta nueva ley, sigue manteniendo la filosofía de ‘quien contamina paga’ establecida en la ley anterior de forma más efectiva, ya que se definen con mayor precisión las responsabilidades y competencias de los diferentes actores relacionados con la gestión de residuos.

Si necesitas ayuda para la tramitación de cualquiera de las autorizaciones relacionadas con estas operaciones, no dudes en contactar con nosotros.

Legalidad y Normativa

 

 

responsabilidad ampliada del productor

El régimen de responsabilidad ampliada del productor se aplicó por primera vez en España tras la aprobación de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de forma que son los productores de los productos que con el uso se convierten en residuos, los que deben asumir la responsabilidad de su gestión. En este sentido, la ley preveía que los envasadores y los comerciantes de productos envasados pudiesen optar entre establecer un sistema de depósito, devolución y retorno, o alternativamente, participar en un sistema integrado de gestión de residuos de envases. Los envases comerciales e industriales quedaban excluidos en la mayoría de los casos.

Desde entonces, la normativa ha ido perfilando el ámbito de la responsabilidad ampliada del productor. Actualmente, se encuentra en vigor la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la cual establece los requisitos mínimos obligatorios para dicho ámbito el cual se regular según lo establecido por las normas reguladoras de cada flujo de residuos.

En la normativa anterior la responsabilidad de la gestión de los residuos de envases industriales y comerciales recaía en el poseedor final. Ahora, los usuarios de envases industriales y comerciales estarán también obligados a establecer un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) ya sea individual o colectivo. En concreto, el sector de envases se rige por el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

La aplicación de regímenes de responsabilidad ampliada del productor (RAP) a todos los envases (los comerciales e industriales incluidos), y la asunción por parte de los productores del coste real y total de la gestión de los residuos de envases, deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2024.

 

¿Qué es la responsabilidad ampliada del productor?

La Ley 7/2022, del 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, lo define como “el conjunto de medidas adoptadas para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera o bien la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de la fase de residuo del ciclo de vida de un producto”.

 

responsabilidad ampliada del productor

Para hacerse cargo de esa responsabilidad es necesario que se constituya un Sistema (Individual o Colectivo) de Responsabilidad Ampliada del Productor.

 

¿Quién es productor de productos?

Los productores de producto son aquellas entidades que, sin ser fabricantes, se consideran los responsables de poner en el mercado español el producto que acabará siendo residuo. La obligación de gestión del residuo recae en los productores de productos cuando los fabricantes no se encuentran dentro del ámbito español.

Los productores de producto pueden ser:

  • Envasadores de producto.
  • Importadores o adquisidores intracomunitarios.
  • El distribuidor del producto en España.
  • La plataforma española de venta online de productos fabricados fuera de España.

 

¿Qué obligaciones tiene un fabricante o productor de producto?

Según el artículo 17 del RD 1055/2022, el productor del producto estará obligado a:

  • Elaborar y aplicar planes empresariales de prevención y ecodiseño
  • Cumplir los requisitos de puesta en el mercado de sus productos, según el Real Decreto.
  • Recabar de los fabricantes e importadores o adquirientes intracomunitarios de envases vacíos la información requerida por el Real Decreto para dársela a los gestores de residuos a través de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  • Alcanzar los objetivos mínimos fijados en el artículo 10 del Real Decreto.
  • Adherirse a un sistema de recogida mediante SIRAP o SCRAP (antiguo Sistema Integrado de Gestión).

 

¿Quién puede constituirse SIRAP?

Cualquier productor de producto puede constituirse como su propio Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada para gestionar sus propios productos al final de su vida útil. En el caso de no querer llevar a cabo esta función, el productor de productos se puede adscribir a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada.

 

¿Qué diferencia hay entre los Sistemas Individuales de RAP y Sistemas Colectivos de RAP?

En los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor participan varios productores los cuales transfieren las responsabilidades del residuo resultante de su producto a un mismo sistema. Para constituir un SCRAP es necesario solicitar una autorización ante el organismo autonómico competente en materia de residuos.

Por el contrario, los Sistemas Individuales los constituye un único productor para todos o algunos de sus productos que pone al mercado. Para constituir un SIRAP es necesario presentar una comunicación ante el organismo autonómico competente en materia de residuos.

 

¿Qué obligaciones tienen los SCRAP o SIRAP?

Los sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) son políticas ambientales que exigen a los fabricantes y productores de productos asumir la responsabilidad financiera y/o física por el tratamiento adecuado de los productos y sus residuos al final de su vida útil. Estos sistemas buscan promover la reducción de residuos, el reciclaje y el uso sostenible de recursos. Las obligaciones específicas pueden variar según las legislaciones locales y nacionales.

Las obligaciones de gestión de los productos (y los costes) que puede trasladarse a los sistemas de responsabilidad ampliada son los correspondientes a los productores de productos.

 

Masqueingenieros: Apoyando a Productores en la Transición hacia la Sostenibilidad y Economía Circular

¡Asume el reto de ser un productor responsable y forma parte de la revolución verde en España! En Masqueingenieros, te apoyamos en tu camino hacia la sostenibilidad y una economía circular exitosa. Nuestro equipo de expertos está listo para guiarte en el cumplimiento de la Responsabilidad Ampliada del Productor, asegurando que estés siempre alineado con la legislación vigente. ¡Únete a nosotros y construyamos juntos un futuro más próspero!

 

 

Enlaces de interés

Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-8875

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13046

Agenda 2023: https://www.mdsocialesa2030.gob.es/agenda2030/conoce_la_agenda.htm

DIRECTIVA (UE) 2018/852 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 30 de mayo de 2018 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases: https://www.boe.es/doue/2018/150/L00141-00154.pdf

Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22690