ciclo integral del agua

Ingeniería del Ciclo integral del agua: ¿Qué es y cuáles son sus funciones? El Ciclo Integral del Agua es todo el recorrido que el agua realiza desde que se capta en el medio ambiente en su estado natural, hasta que es posible ponerla a disposición de los hogares, el comercio y la industria, potabilizada bajo altos estándares de calidad y seguridad. Además, siguiendo el ciclo inverso, también forma parte del ciclo integral del agua los procesos que reintegran de forma segura el agua en el medio ambiente correctamente tratada y depurada.

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huella-de-carbono

En la actualidad, la huella de carbono es un elemento clave para la gestión del impacto ambiental corporativo ya que la mayoría de las organizaciones emiten gases de efecto invernadero como resultado de sus operaciones comerciales. En el contexto de la crisis climática al que nos enfrentamos, la medición de estas emisiones se ha convertido en una práctica esencial para todas las empresas, ya que proporciona una comprensión más clara de las consecuencias medioambientales de sus actividades.

¿Qué es la huella de carbono?

La Huella de Carbono es una herramienta de cálculo que determina la totalidad de gases de efecto invernadero (GEI) emitidos por efecto directo o indirecto, de una organización, evento o producto. Este dato se mide en kilogramos equivalentes de CO2 (kg-eq CO2) por producto u organización, siendo un indicador fundamental para evaluar el impacto ambiental de las empresas, y, por lo tanto, tomar medidas concretas para reducir al máximo estas emisiones. Estos esfuerzos no solo son importantes para mitigar los efectos del cambio climático, sino también para promover la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental de las corporaciones.

huella de carbono

Imagen 1. La huella de carbono de una organización a lo largo de su cadena de valor. Fuente: GREENHOUSE GAS PROTOCOL, WORLD RESOURCES INSTITUTE (s.f.).

Actualmente, se encuentra vigente el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea un registro de huella de carbono, compensación, y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Este RD establece que la participación en el registro es de carácter voluntario, estando dirigido a personas físicas o jurídicas públicas o privadas y trabajadores autónomos que deseen participar en el mismo. Todos aquellos registros de huella de carbono que sean inscritos vienen acompañados obligatoriamente por un plan de reducción, y son chequeadas de forma previa a su registro.

Cuando una organización se inscribe en el registro, recibe un certificado de inscripción y el derecho al uso de un sello. Este sello permite distinguir el nivel de participación de la organización en el Registro y el año al que corresponde este nivel de participación.

Imagen 2.Sellos de inscripción de huella de carbono en “Información general sobre el Registro de huella, compensación y proyectos de absorción de CO2, MITECO. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/registro-huella/que_es_registro.html

¿Qué herramientas existen para calcular la huella de carbono en una organización?

El Ministerio para la Transición Ecológica ha desarrollado una serie de herramientas para facilitar el cálculo de la huella de carbono de una organización y la estimación de las absorciones de dióxido de carbono que genera un proyecto de absorción.

El cálculo de la huella de carbono en las empresas se convertirá en una obligación para las grandes empresas con la aprobación del nuevo Proyecto de Real Decreto que modificará el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo.

En el artículo 11 de este proyecto de Real Decreto se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración de un plan de reducción por parte de grandes empresas.

En el apartado 1 de este artículo se establece que «Las empresas afectadas por la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad, que traspone la Directiva Europea 2014/95 o sus posteriores modificaciones calcularán de manera anual la huella de carbono de su organización siguiendo los requisitos establecidos en este real decreto.» En el apartado 3 de este mismo artículo, también se establece que las empresas afectadas por la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad «elaborarán un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero».

Por último, en el apartado 4 de este mismo artículo se establece que «Las obligaciones establecidas en este artículo entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, haciendo referencia a la huella del año 2024».

Desde Masqueingenieros Engineering & Consulting estamos comprometidos a ser parte de este cambio y contribuir al fomento de prácticas empresariales sostenibles y responsables con el entorno. Creemos firmemente que la implementación de esta normativa marcará un cambio significativo en la percepción histórica de los impactos ambientales generados por las empresas. Esta regulación impulsará a las grandes empresas a adoptar una cultura empresarial más respetuosa con el medio ambiente y, al mismo tiempo, proporcionará ventajas competitivas a las medianas y pequeñas empresas que opten por cumplirla.

 

LEGISLACIÓN RELACIONADA

Información pública sobre el Proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/participacion-publica/pp_rd_huella_carbono.html

Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea un registro de huella de carbono, compensación, y proyectos de absorción de dióxido de carbono. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3379

Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17989

Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-8447

Nuevas obligaciones para productores iniciales u otros poseedores de residuos  https://masqueingenieros.com/cambio-de-la-normativa-en-materia-de-residuos-guia-rapida

 

 

Objetivos de desarrollo-sostenible

CAMBIO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE RESIDUOS: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Normativa en Materia de Residuos. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en adelante LRSC, deroga la antigua Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el fin de cumplir los nuevos objetivos establecidos en las nuevas directivas europeas de residuos que conforman el Paquete de Economía Circular, así como los nuevos objetivos derivados de la directiva de plásticos de un solo uso que surgen de la “Estrategia Europea para el plástico en la economía circular”.  Esta nueva ley de residuos transpone la Directiva (UE) 2018/851 y la Directiva (UE) 2019/904.

La Ley tiene por objeto sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino. Se contribuye así al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030 y en particular a los objetivos 12 –producción y consumo sostenibles–, 13 –acción por el clima- y 14 –vida submarina–. Asimismo, en el ámbito de su contribución a la lucha contra el cambio climático, esta ley es coherente con la planificación en materia de energía y clima.

Objetivos de desarrollo-sostenible

Imagen 1. Objetivos 12, 13 y 14 de los ODS. Fuente: ONU

Además, las políticas en materia de residuos y de economía circular también fomentan la creación y consolidación de empleo en el sector de la gestión de residuos.

En MASQUEINGENIEROS, ENGINEERING & CONSULTING. S.L. te podemos ayudar en la aplicación de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para la economía circular es esencial para impulsar una economía más sostenible. La nueva normativa en materia de residuos no solo trata de reducir el volumen de residuos generados por ciertas actividades económicas, sino que también promueve la sostenibilidad ambiental, y fomenta la eficiencia en el uso de recursos, lo que puede traducirse en beneficios tanto económicos como ambientales.

Dentro de este contexto, este artículo se enfoca en el análisis de las regulaciones y obligaciones que podrían ayudaros en lo concerniente a la misma, centrándose especialmente en el aspecto de la generación de residuos. No obstante, no se abordarán las disposiciones relacionadas con el uso de plásticos de un solo uso, ni las obligaciones que se aplican en el ámbito de la actividad hostelera y de restauración. Nuestro objetivo es proporcionar una visión más detallada y precisa sobre cómo la Ley 7/2022 afecta a la gestión de residuos en diferentes sectores, brindando así información relevante y útil.

¿Qué novedades de la Ley 7/2022 son de nuestro interés?

Nuevas obligaciones para productores iniciales u otros poseedores de residuos

 

a. Plan de minimización:

Los productores iniciales de residuos peligrosos estarán obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas que van a adoptar para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad. Además, los productores deberán informar de los resultados cada cuatro años.

Quedan exentos los productores iniciales de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año en cada centro productor, las empresas de instalación y mantenimiento, y los productores iniciales que dispongan de certificación EcoManagement and Audit Scheme («EMAS») u otro sistema equivalente.

b. Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP):

«Régimen de responsabilidad ampliada del productor»: conjunto de medidas adoptadas para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera o bien la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de la fase de residuo del ciclo de vida de un producto.

El Título de la LRSC que regula esta responsabilidad ampliada del productor, es mucho más extenso, ambicioso y esclarecedor que el de la ley anterior.

Se considerará también como productor, los que llenen productos (además de los que los fabriquen, importen, o vendan), los que los vendan a distancia desde otro país y las plataformas de e-commerce.

Además, siguiendo con lo que ya establecía la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, el productor inicial o poseedor de residuos ve ampliadas sus obligaciones también a:

  • Suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra sus responsabilidades (productores de más de 10 t/año).
  • Disponer de zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos. En caso de residuos peligrosos deberán estar protegidos contra la intemperie y con sistemas de contención de derrames.
  • Etiquetar los recipientes con residuos peligrosos de forma clara y visible, legible e indeleble, con el contenido recogido en el art. 21 e).

Nuevas obligaciones para gestores de residuos

En esta nueva normativa en materia de residuos se especifica mucho más la labor y las obligaciones de los diferentes agentes dentro de la gestión de residuos. Se diferencia entre entidades que realizan la recogida de los residuos, las que realizan el tratamiento, las que realizan el transporte y los gestores de residuos en general, y para cada uno de ellos definen unas obligaciones concretas.

Otras novedades

  1. Regulación de suelos contaminados. Como novedad se crea el Inventario Estatal de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados.
  2. Eliminación de residuos. Con carácter general, no se permite la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Se podrá llevar a cabo de manera excepcional y siempre que se cuente con la correspondiente autorización individualizada.
  3. Medidas fiscales. 
  1. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
  2. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos e incineración de residuos

d. Información. Se implementarán medidas para mejorar la trazabilidad y transparencia en la gestión de residuos, incluyendo memorias anuales con un archivo cronológico y su inclusión en        el Registro de la Producción y Gestión de Residuos. Toda esta información estará disponible en un Sistema electrónico de Información de Residuos (e-SIR) del MITECO.

residuos

Imagen 2. Reutilización y revalorización de residuos. Fuente: COAMBCV (s.f.).

En general, la nueva ley caracteriza y califica los residuos de forma más detallada, proporcionando una mayor información para la definición de residuos peligrosos. Además, se expone un listado de operaciones tanto de valorización (anexo II) como de eliminación (III), con sus correspondientes codificaciones y las posibles instalaciones de tratamiento, lo cual facilita y mejora la comprensión de las propias operaciones. Esto es una mejora descriptiva a destacar respecto a la ley anterior.

Operaciones de valorización (Anexo II)

Imagen 3. Operaciones de valorización (Anexo II). Fuente: LRSC.

Imagen 4 Operaciones de eliminación (Anexo III)

Imagen 4. Operaciones de eliminación (Anexo III). Fuente: LRSC.

Por todo lo expuesto anteriormente, cabe concluir diciendo que la LRSC establece un cuadro normativo transversal, en el que se proporciona una gran importancia a la economía circular y a la revalorización de residuos, independientemente de su sector de origen. Esta nueva ley, sigue manteniendo la filosofía de ‘quien contamina paga’ establecida en la ley anterior de forma más efectiva, ya que se definen con mayor precisión las responsabilidades y competencias de los diferentes actores relacionados con la gestión de residuos.

Si necesitas ayuda para la tramitación de cualquiera de las autorizaciones relacionadas con estas operaciones, no dudes en contactar con nosotros.

Legalidad y Normativa

 

 

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