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El IVACE convoca Ayudas al autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovables, y a la implantación de sistemas térmicos renovables.

* RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo.[2021/9858]

Ayudas IVACE Fotovoltaica

El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

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Beneficiarios de las ayudas

Podrán acogerse a estas ayudas, conforme a lo previsto en el mismo para cada programa de incentivos previsto por el artículo 3, cualesquiera de las personas y entidades que se enumeran a continuación.

Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Para el programa de incentivos 5, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

b) Las entidades locales y el sector público institucional.

c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.

d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica.

e) Comunidades de propietarios

f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía

Para el programa de incentivos 6, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

b) Entidades u organizaciones públicas o privadas

c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica

d) Comunidades de propietarios

e) Las entidades locales y del sector público institucional

Objeto de la subvención

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Programa  2: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

Incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

Incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones y el tercer sector.

En el Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Importe

La ayuda consistirá en una subvención del entre 15% y un 35% del total de los gastos considerados como subvencionables.

Plazo

Desde el 29/10/2021 hasta 31/12/2023

Solicitud, documentación y tramitación

Puedes ampliar toda la información,  consultando con MasQueIngenieros. INGENIEROS EN  VALENCIA a fin de asesorarte,  así como gestionar y tramitar telemáticamente estas ayudas.

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